Piñera promulga registro de deudores de pensiones de alimento con una serie de restricciones para morosos

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Este miércoles el Presidente Sebastián Piñera, acompañado por los ministros de Justicia, Hernán Larraín, y de la Mujer y Equidad de Género, Mónica Zalaquett, promulgó la ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.

Al respecto, el Mandatario señaló que «hoy vamos a dar un importante paso adelante para hacer justicia a esos niños, adolescentes y a esas madres».

Según el mandatario, los padres que no paguen la pensión de alimentos por tres meses seguidos o por cinco meses no consecutivos.

RESTRICCIONES

Los deudores que soliciten créditos bancarios o devolución de impuestos, se les va a retener una parte de esos ingresos para pagar la pensión de alimentos.

Deudores que intenten vender un inmueble o vehículo solo podrán hacerlo si se acredita el pago de la pensión.

Aquellos que sean contratados o ascendidos por el Estado, Poder Judicial o el Congreso, los gerentes generales, directores de sociedades anónimas, las personas con contrato de honorarios y los pensionados, se les retendrá parte de sus ingresos para pagar la pensión de alimentos.

Parlamentarios, consejeros regionales, alcaldes y concejales o cualquier autoridad que pretenda ser electa popularmente deberá autorizar en forma previa a la asunción de su cargo, si es deudor, la retención de parte de sus ingresos para pagar la pensión de alimentos.

Los deudores no recibirán beneficios del Estado, ni sacar licencia de conducir o pasaporte.

Deudores despedidos deberán destinar parte de su indemnización al pago de la pensión de alimentos.